La Inquisición, como institución dependiente de la Suprema en la península, también en la Nueva España se rigió por un cuerpo normativo que regulaba sus funciones, procedimientos y alcances. Esta legislación no fue improvisada: tuvo su origen en las disposiciones redactadas por los primeros inquisidores generales y fue adaptada con el tiempo a las necesidades de cada tribunal local. En este artículo exploraremos de manera general la base legal que sustentó al Santo Oficio en la Nueva España, desde las Instrucciones de Torquemada hasta las Cartillas locales impresas en México.
La “leyenda negra” y el debate en torno a la Inquisición
El Tribunal del Santo Oficio se convirtió desde muy temprano en un punto de polémica histórica. Durante los siglos XVI y XVII, en tiempos de los Austrias y especialmente bajo Felipe II, la Inquisición fue señalada por autores franceses, ingleses y norteamericanos como símbolo de oscurantismo. A este debate se le conoce como la “leyenda negra”, reforzada por obras como la Historia crítica de la Inquisición de España (1817–1818) de Juan Antonio Llorente, que se convirtió en texto clave para quienes cuestionaron duramente al tribunal.
Aunque esta polémica excede el tema de este artículo, conviene mencionarla porque influye en la manera en que se ha interpretado la legislación inquisitorial y sus efectos tanto en la península como en la Nueva España.
Las primeras instrucciones: Torquemada y 1484
El primer inquisidor general, fray Tomás de Torquemada, marcó un antes y un después al promulgar las primeras Instrucciones del Santo Oficio el 29 de octubre de 1484.
Este documento fue discutido en una gran junta que reunió al Consejo y a inquisidores de varios tribunales peninsulares. Aprobado oficialmente, se convirtió en la base de todas las constituciones posteriores. Sus disposiciones regulaban el establecimiento de tribunales, los trámites judiciales, la secuencia de los procesos y la ejecución de las sentencias.
El texto se conoció como Compilación de las instrucciones del oficio de la Santa Inquisición. Inicialmente circuló en copias manuscritas y fue impreso por primera vez en 1537.


Las Ordenanzas de Toledo de 1561
Con el paso del tiempo fue necesario unificar criterios. En 1561, el inquisidor general Fernando de Valdés promulgó en Toledo una nueva compilación: las Ordenanzas de Toledo.
Este cuerpo normativo buscó uniformar la práctica de los tribunales, que en las décadas anteriores habían desarrollado diferencias en sus procedimientos. A estas ordenanzas se sumó un Formulario recopilado por Pablo García, secretario del Consejo Supremo de la Inquisición, que detallaba la manera de llevar adelante los procesos.
De acuerdo con Vicente Riva Palacio en México a través de los siglos, tanto las Instrucciones de Torquemada como las Ordenanzas de Toledo fueron el marco legal seguido por la Inquisición en la Nueva España.
Cartas acordadas, órdenes y cartillas locales
A lo largo de los años, el Consejo y el inquisidor general expidieron disposiciones complementarias conocidas como cartas acordadas y cartas órdenes, que precisaban aspectos específicos del ejercicio inquisitorial. Sin embargo, nunca alteraron lo esencial de las normas iniciales.
En el ámbito local, los tribunales novohispanos imprimieron Cartillas dirigidas a los comisarios del Santo Oficio, es decir, a los auxiliares que actuaban en distintos lugares de la jurisdicción. Estas cartillas servían como manual práctico de sus funciones y recordaban las obligaciones principales de quienes colaboraban con el tribunal.
Libros doctrinales y delitos perseguidos
Además de las compilaciones jurídicas, los inquisidores se apoyaban en manuales doctrinales aprobados por la Iglesia. Estos textos clasificaban los actos que podían ser considerados herejías, brujerías, supersticiones, pactos demoníacos u otras faltas contra la fe.
Particular importancia tuvo el Tractatus contra hereticam pravitatem (Salamanca, 1519) de Gundisalvus de Villa Diego, que fue muy usado en la Nueva España como referencia para determinar qué prácticas debían ser perseguidas.
Conclusión
La legislación inquisitorial en la Nueva España fue una adaptación de normas establecidas en la península, que buscaban asegurar la uniformidad en los procesos del Santo Oficio. Desde las instrucciones de Torquemada hasta las cartillas locales, el tribunal contó con un andamiaje legal sólido que le permitió actuar con regularidad a lo largo de los siglos.
Aunque hoy en día la Inquisición suele ser evocada en clave polémica dentro de la “leyenda negra”, el estudio de su legislación muestra el nivel de organización jurídica y doctrinal con el que operó en el virreinato.
Preguntas frecuentes sobre la legislación inquisitorial en la Nueva España
¿Qué fue la legislación inquisitorial en la Nueva España?
Fue el conjunto de normas y disposiciones que regulaban el funcionamiento del Santo Oficio en el virreinato, basadas en las instrucciones y ordenanzas emitidas por los inquisidores generales de la Corona de Castilla.
¿Quién redactó las primeras instrucciones de la Inquisición?
El primer inquisidor general, fray Tomás de Torquemada, elaboró en 1484 las primeras instrucciones oficiales del Santo Oficio, conocidas como Compilación de las instrucciones del oficio de la Santa Inquisición.
¿Qué fueron las Ordenanzas de Toledo?
En 1561, el inquisidor general Fernando de Valdés promulgó en Toledo una compilación normativa que buscaba unificar los procedimientos de los tribunales. Estas ordenanzas también fueron aplicadas en la Nueva España.
¿Qué eran las cartillas de la Inquisición en México?
Eran manuales impresos por los tribunales locales para guiar a los comisarios del Santo Oficio en sus funciones y obligaciones. Actuaban como instructivos prácticos para quienes colaboraban en distintas regiones.
¿Qué libros utilizaba la Inquisición para identificar delitos?
Los inquisidores se apoyaban en manuales doctrinales aprobados por la Iglesia. Uno de los más usados en la Nueva España fue el Tractatus contra hereticam pravitatem (1519) de Gundisalvus de Villa Diego.
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